Libertadores: el desglose de la multa de Conmebol a Peñarol por el recibimiento ante Flamengo en el CDS

El uso de bengalas y pirotecnia en las tribunas del Campeón del Siglo corresponde solo a una fracción de la sanción que recibió el club; Atlético Mineiro también fue multado con un monto similar.

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Los hinchas de Peñarol animan a su equipo durante el partido de vuelta de los cuartos de final de la Copa Libertadores entre Peñarol de Uruguay y Flamengo de Brasil en el estadio Campeón del Siglo. Foto: AFP
Los hinchas de Peñarol animan a su equipo durante el partido de vuelta de los cuartos de final de la Copa Libertadores entre Peñarol de Uruguay y Flamengo de Brasil en el estadio Campeón del Siglo. Foto: AFP
Foto: AFP

Redacción El País
En las últimas horas se conoció la exorbitante sanción que le aplicó la Confederación Sudamericana de Fútbol (Conmebol) al Club Atlético Peñarol por los acontecimientos antes y durante el partido por cuartos de final de la Copa Libertadores de América frente a Flamengo, que van más allá de la pirotecnia presente en el recibimiento de la hinchada aurinegra.

La multa aplicada equivale a un total de 200.000 dólares, que se dividen entre varios puntos. Asimismo, la Comisión Disciplinaria del organismo también advierte al club con "determinar el cierre parcial o total del estadio para sus siguientes 3 partidos en condición de local", si los hechos se repiten. Particularmente en el próximo partido ante Botafogo por semifinales del próximo miércoles 30 de octubre.

Es pertinente resaltar que el Atlético Mineiro también fe sancionado por la Conmebol con 195.000 dólares, entre los que 80 mil corresponden al uso de bengalas y pirotecnia en el estadio, pero la mayor parte (100 mil) a insultos de carácter racista contra la parcialidad y equipo rival, en esa caso el Fluminense.

En el caso de Peñarol, los 200 mil dólares de sanción se dividen en 11 diferentes puntos, algunos correspondientes al Código Disciplinario, otros al Reglamento Disciplinario y otros al Manual de Clubes de la Conmebol Libertadores.

Cabe destacar que Conmebol no le exige a los clubes pagar la multa, sino que la misma se debita automáticamente del importe que debiera recibir cada club los en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio, de parte del propio organismo.

El Estadio Campeón del Siglo en la previa del partido entre Peñarol y Flamengo por la Copa Libertadores.
El Estadio Campeón del Siglo en la previa del partido entre Peñarol y Flamengo por la Copa Libertadores.
Foto: Estefanía Leal.

Código Disciplinario

1º. U$S 90.000 por artículos 11.2 M y 12.2 C

La primera y principal multa fue por "ser el causante del retraso en el inicio del partido, encender bengalas, fuegos artificiales o cualquier otro tipo de objeto pirotécnico".

2º. U$S 20.000 por artículo 12.2 A

Corresponde a "la invasión o tentativa de invasión del terreno de juego", que en el Campeón del Siglo se dio por parte de algunos niños al finalizar el encuentro y consumada la clasificación de Peñarol a semis.

6º. U$S 10.000 por artículo 12.2 B

"Lanzamiento de objetos" hacia el campo de juego.

7º. U$S 10.000 por artículo 12.2 H

Perturbar "el bienestar, tranquilidad y seguridad de una delegación en hoteles y traslados", específicamente respecto a la delegación del Flamengo.

9º. U$S 5.000 por artículo 12.2 D

"Uso de puntero láser o dispositivos electrónicos similares" contra los futbolistas o árbitros.

10º. U$S 5.000 por artículo 12.2 F

"Causar daños".

Reglamento Disciplinario

3º. U$S 15.000 por artículo 29

Vinculada a la venta de entradas y aforo permitido para el partido: "El número de entradas puestas a la venta no podrá exceder la capacidad máxima del aforo de los estadios anfitriones de las competiciones de selecciones y clubes".

4º. U$S 15.000 por artículo 26 M

"Escalar estructuras e instalaciones no destinadas para su uso como barreras, rejas, muros, cornisas, postes de luz, plataformas de cámaras, árboles, mástiles de cualquier tipo y tejados". Esta sanción va en concordancia con el artículo 27 del Código Disciplinario, que habla de la reincidencia luego de haber sido notificado.

Manual de Clubes

5º. U$S 15.000 por artículo 4.2.4

"El sistema de iluminación del estadio deberá estar encendido a máximo nivel desde la apertura de los portones o, en su defecto desde KO-3h, hasta el término de la evacuación total del estadio después del partido". Esto es en respuesta al juego luces en el estadio luego al momento del recibimiento y luego de culminado el partido.

8º. U$S 10.000 por artículos 4.5.4.5 y 7.3.4.4

Referentes a la conferencia de prensa de los entrenador del equipo local y el visitante luego del partido: el primer ítem refiere a las instalaciones de la sala de conferencias y el segundo al buen desarrollo de cada una, penalizando los inconvenientes que puedan haber.

11º. U$S 5.000 por artículo 5.4.2

Referente al uso obligatorio y devolución de los chalecos que provee Conmebol para el personal de campo identificado, tanto de prensa como alcanzapelotas o integrantes de los propios planteles.

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