Radiografía de la criminalidad juvenil
Entre los factores que explican la disminución de delitos cometidos por menores está el uso de mecanismos que la LUC derogó y otros que cambió. Expertos proyectan dos escenarios totalmente opuestos.
En la criminalidad juvenil no hay reglas de oro. Por eso, el pronóstico de qué tan nocivo o beneficioso será el impacto de la Ley de Urgente Consideración (LUC), con los cambios punitivos y procesales que incorporó, varía diametralmente de acuerdo a quién se le pregunte.
Durante su tratamiento legislativo, el capítulo que se refiere a estas modificaciones fue uno de los más conflictivos y causó divisiones entre los integrantes de la coalición. Hubo que reescribirlo, pero aún así no generó conformidad en la oposición. Incluso entre quienes consideran que el recrudecimiento de las penas y de las formas en que se cumplen constituye un cambio “necesario” para favorecer a la seguridad pública, están los que reconocen que la normativa que se aprobó es “antipática”.
Algunos especialistas en los derechos de la niñez y la adolescencia creen que este viraje hacia la mano dura es un “espanto” de consecuencias “mortales” para la evolución auspiciosa que el sistema penal adolescente venía logrando. Le recriminan al gobierno estar cumpliendo una deuda de campaña sin “sustento en la realidad”.
Desde el Ministerio del Interior, el subsecretario Guillermo Maciel responde que además de cumplir con un compromiso electoral, el objetivo es “cortar la carrera delictiva de los adolescentes que cuando son mayores de edad migran hacia las cárceles de adultos”, engrosando la franja etaria más voluminosa entre reclusos, que se extiende de los 18 hasta los 29 años. La intención, también, es “poner el foco en las víctimas” de los delitos cometidos por los más jóvenes, y darles señales a éstos de que “no hay impunidad”, así cometan delitos leves.
Sin embargo, los más pesimistas advierten que esto provocará un congestionamiento en los centros de reclusión. Como si se tratara de un indeseado viaje al pasado, enumeran que podrían volver los hacinamientos, las fugas y los suicidios. El asunto es, ¿el sistema judicial y el Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente (Inisa) están preparados para enfrentar el peor de los escenarios?
Son menos, ¿pero por qué?
De acuerdo a un informe del Inisa al que accedió El País, fechado en febrero pasado, el 8% de los delitos son cometidos por adolescentes y sus condenados representan al 3% del total de privados de libertad.
En 2014 fueron 1.025 los adolescentes involucrados en delitos que ingresaron al Inisa; en 2015 el número descendió a 874 y en 2016 a 708; un año después incrementó levemente a 758 y en 2018 volvió a bajar, esa vez a 488. El año pasado cerró con 541 infractores, de los cuales 293 cumplieron medidas privativas y 248 no.
Al día de hoy, los internos rondan los 260, un número que está por debajo del mejor promedio. Solo el 10% fueron condenados al máximo de la pena.
Tal y como están planteadas en el informe, estas cifras estarían evidenciando una progresiva disminución de la participación de menores en delitos y en la comisión de las infracciones más cruentas. Pero, ¿qué explica esta reducción? A falta de una investigación criminológica o académica, los expertos consultados ensayan diversas hipótesis que, en algunos casos, revelan una óptica opuesta acerca de cómo lidiar con esta dolorosa criminalidad.
Hasta el momento, el sistema penal adolescente cuenta con cuatro jueces, cuatro defensores y tres fiscales especializados en la materia. A falta de certezas, el defensor Guillermo Payssé se expresa en condicional. Cree que entre los factores que podrían influir, estarían el éxito de determinadas políticas sociales y la posible efectividad de los programas socio educativos del Inisa al estar siendo aplicados en grupos más pequeños.
Este debate llegó a los pasillos de los juzgados. “Hemos conversado con jueces y fiscales y nos preguntamos si al final de cuentas no habrá tenido una buena repercusión lo que hacemos acá”, plantea la defensora Susana Arbuet.
Se refiere al trabajo de las distintas instituciones para promover el buen uso de las medidas no privativas de libertad, considerando que todas las convenciones que reconoció Uruguay indican que la reclusión debe ser el último recurso y por el menor tiempo posible.
Por un lado, desde el desembarco del nuevo Código del Proceso Penal (noviembre de 2017), el instituto de la suspensión condicional del proceso —un acuerdo entre fiscal e imputado en el que se le solicita al juez que el proceso se suspenda por determinado tiempo a cambio de que el imputado cumpla con algunas condiciones— se aplicó también a adolescentes que cometieron delitos leves, para los que no corresponde la privación de libertad.
“Lo usábamos en casos en que había algún referente que colaborara con ellos. Por ejemplo, si se robaban unas prendas en una tienda de ropa, o un producto en un supermercado, además de devolver la mercadería se los comprometía a concurrir al sistema educativo o alternativas similares, manejables. ¿Había incumplimientos? Sí. En ese caso se revocaba, y se comenzaba un nuevo proceso. ¿Pero qué pasaba con todos los que sí cumplían? Les permitía a los adolescentes volver a ser primarios”, dice Arbuet.
Según información proporcionada por Fiscalía, entre febrero y diciembre de 2019 fueron 888 los adolescentes imputados. Si comparamos esta cifra con la del Inisa, que refiere a 541 ingresos, la diferencia podría indicar que el uso de este instituto colaboró con la disminución del número de procesos de judicialización. “Tenemos conocimiento de que cerca de la mitad de los procesos que se iniciaban iban a suspensión condicional del proceso, para no llegar a la privación de libertad ni a medidas alternativas”, confirma Tamara Samudio, del Observatorio de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia.
En esta línea, otra explicación recurrente es que en los casos en que sí ingresan al proceso, los jueces comenzaron a ser más receptivos en la aplicación de sentencias con medidas alternativas a la reclusión. “Se logró ese alineamiento de los magistrados con las recomendaciones de los organismos internacionales”, asegura Juan Fumeiro, representante en Uruguay de la organización Defensa de Niñas y Niños Internacional.
Tras la puesta en marcha del Modelo Nacional de Penas No Privativas de Libertad para adolescentes, el porcentaje de sanciones no privativas se incrementó. En 2016, el 67% de los adolescentes se encontraba privado de libertad y el 33% cumpliendo una sanción no privativa, mientras que en agosto de 2019 el porcentaje fue del 46% en reclusión y 54% no. Los expertos mencionados creen que esto tiene que ver con que el 74,9% de los adolescentes desvinculados del Inisa no hayan reincidido luego del cumplimento de la mayoría de edad.
Maciel, desde el Ministerio del Interior, plantea una lectura distinta. Opina que el descenso de los procesos tuvo su origen en 2013, con la modificación del Código de la Niñez y la Adolescencia que incorporó una pena mínima de 12 meses para ciertos delitos graves, como la rapiña, el delito “estrella” entre los menores.
El duro perfil de los adolescentes infractores
De acuerdo a un análisis realizado por el Inisa, y al que accedió El País, el delito se concentra en la capital y la mayor incidencia se ubica en la franja de 17 años. Los principales delitos son la rapiña, seguido por el hurto, la tentativa de rapiña y el homicidio. Se constata un incremento de los ingresos de adolescentes primarios, mientras que la reincidencia desciende. Estos adolescentes proceden de familias no estructuradas, habitualmente con una sola figura parental presente. Cada vez en más casos, uno o más referentes están privados de libertad (en especial se trata del padre). Además, suelen relacionarse con amistades o parejas que no estudian, y/o no trabajan, y/o consumen, y/o delinquen. Al momento del ingreso, un porcentaje significativo de los adolescentes presentan consumo de alcohol y sustancias. El 90% intentó suprimirlo o reducirlo. Más de la mitad inició su consumo de narcóticos antes de los 12 años, el 90% relaciona el consumo al delito. El 85% reconoció padecer consumo problemático en el entorno familiar. El nivel educativo es de ciclo básico completo o incompleto. “Las dificultades de autocontrol e impulsividad surgen como rasgos predominantes de la personalidad”, concluye el informe. En tanto, la defensora Susana Arbuet, relata que prácticamente los familiares de los adolescentes no visitan su despacho para consultarla por el proceso, como sí sucede con los adultos en prisión. De acuerdo a su experiencia, los adolescentes no dominan el Código Penal. “No saben de penas. La mayoría no conoce la diferencia entre un hurto y una rapiña”.
“Dejó de ser un negocio el responsabilizar a los menores por delitos cometidos por adultos debido a que las penas eran muy bajas. El aumento de las mismas tuvo un efecto disuasivo y desalentador para los adultos que se aprovechaban”, dice.
Los cambios "antipáticos".
“He recogido evidencia elocuente de que las cifras de internación y de privación de libertad actuales son bastante engañosas”, dice Pablo Abdala, flamante director del Instituto del Niño y Adolescente (INAU), en respuesta a quienes opinan que el escenario actual no amerita las modificaciones que introdujo la LUC.
Abdala plantea que sucede con frecuencia que un menor egresado del Inisa, desprovisto de contención familiar, sea ingresado a alguno de los centros del INAU por decisión de un juez. “Lo que sucede en el Inisa se traslada al INAU. Nos han generado conflictos con los otros adolescentes. Y si bien el recién llegado es víctima de una situación de vulnerabilidad, las consecuencias las pagan los otros”.
En los centros de 24 horas, la mitad son adolescentes. “No debemos enjuagar nuestra conciencia creyendo que porque haya menos internados en el Inisa la reeducación ha sido exitosa”, advierte.
La lógica que defiende Abdala es la de que a mayor tiempo de reclusión, mayor calidad de rehabilitación y, en consecuencia, de reinserción; por eso tiene una mirada favorable a los cambios que resolvió el Parlamento.
Algunas de las modificaciones no son del todo novedosas. El aumento de la duración máxima de privación de libertad de cinco años a 10 para los delitos gravísimos ya había sido contemplado durante el gobierno de José Mujica, aunque finalmente ese proyecto no tuvo andamiaje debido al rechazo que generó entre sus legisladores. En la versión original de la LUC, el incremento del guarismo se aplicaba a todos los delitos gravísimos, pero tras recoger las apreciaciones de especialistas el texto final acota esta medida para el homicidio intencional agravado y muy especialmente agravado, violación y abuso sexual especialmente agravado.
También cambia el acceso al régimen de semilibertad (que permite la visita a la familia y realizar actividades fuera del centro durante ocho horas). Se prohibe para quienes cumplen condena por violación, abuso sexual y abuso sexual especialmente agravado, privación de libertad, rapiña, rapiña con privación de libertad, copamiento, homicidio intencional, lesiones graves o gravísimas. La última redacción aflojó la dureza de la medida original al incorporar que, una vez cumplida la mitad de la sentencia, si el adolescente recibe un informe favorable, el defensor podrá solicitar su ingreso al régimen.
Además, la normativa incrementa la pena mínima para las infracciones gravísimas cometidas por mayores de 15 años de 12 meses a 24 y mantiene la privación de libertad como medida cautelar, una diferencia primordial con el proceso de los adultos, que prevé que puedan esperar la sentencia libres.
En cuanto a la vigencia de los antecedentes, recrudece la norma de 2011, según la cual el juez podía decidir —frente a la comisión de ocho delitos gravísimos— si conservar o no los mismos por dos años. Ahora, estos delitos pasan a ser 12, y deberán mantenerse los antecedentes con la intención de que, en un lapso de cuatro años de cumplidas las medidas, si delinque una vez alcanzada la mayoría de edad, se le agregue el agravante de la reincidencia.
En tanto, la prescripción de los delitos se duplicó: prevé dos años para los graves y cuatro para los gravísimos.
Por otro lado, en cuanto al proceso penal, la LUC deroga el instituto de la suspensión condicional del proceso: aquel que se utilizaba para que a los menores que cometieron un delito leve, bajo el compromiso de cumplir ciertas condiciones, se les suspendiera la causa.
Pero, se incorpora el proceso abreviado, que antes era exclusivo para adultos. Este recurso implica que el menor renuncia a su derecho del juicio oral, reconoce la comisión del delito y negocia una pena con el fiscal. Para cuidar las garantías, el texto indica que fiscal y defensor quedan comprometidos a que el menor comprenda su decisión; además se habilita el apoyo de un referente (familiar o no) para que lo acompañe en la concreción de este acuerdo. Este proceso solo podrá usarse para ciertos delitos, y siempre se prevé que, por lo menos, el imputado cumpla el mínimo de la pena prevista.
Ambas son decisiones que endurecen las condenas frente a los delitos más leves ¿Por qué se eligió ese camino? “Hay que mandar señales de que no existe la impunidad”, dice Maciel.
¿Impacto profundo?
“No estamos hablando de niños desprotegidos. En algunos casos son verdaderos criminales que tienen la concepción de psicopatía criminal absolutamente identificada e inalterable”, argumentó el ministro del Interior Jorge Larrañaga ante la comisión especial que analizó la LUC.
Según los registros del Inisa, en 2019 ingresaron 97 adolescentes por cometer una rapiña y otros 21 por intentarlo; 12 fueron sentenciados por homicidio y cinco por tentativa de homicidio. Cinco cometieron un delito sexual, 11 lesiones graves, tres un atentado y daño, tres receptación y tres tenencia de estupefacientes; dos traficaron narcóticos y dos cometieron hurtos.
Tal como lo ve Maciel, el incremento de la máxima para delitos graves “no es un disparate”, y además recuerda que éstas dependerán de la evaluación de un juez, “que suelen tender a fijar penas más cerca del piso que del techo”. “No podemos dejar de aplicar la ley porque son jóvenes. Se trata de que haya menos víctimas, menos delitos y más justicia”, dice.
¿Qué previsión hacen los expertos del impacto de la LUC? Payssé, el defensor, plantea que la nueva normativa acercó el proceso juvenil al de los adultos. “Antes, la relación entre sanciones máximas era de una sexta parte, pero ahora se reduce a la tercera parte, lo cual desde mi punto de vista no debería ser así”.
Desde el Observatorio de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia, Samudio plantea que generó “mucha alarma” la “pérdida enorme” de la suspensión condicional del proceso, ya que permitía que los adolescentes estén “apartados” del proceso penal que les resulta “lesionante”. “Se ofrece la posibilidad del proceso abreviado con una lógica de sustitución, pero son muy distintos porque lo que hace es justamente ingresarlos y deja afuera a la rapiña, que es el delito más cometido. Lo consideramos un camino poco garantista para un menor, que debe asumir un delito y acordar una pena”.
En ese sentido, para que el proceso sea garantista, “la defensa debe estar robustecida, y no olvidemos que en el interior no existe especialización en adolescentes”, plantea el abogado Martín Fernández, experto en Niñez y Adolescencia.
Desde la Defensoría y la Fiscalía, los operadores consultados prevén que el trabajo se multiplicará. Este pronóstico les preocupa tras el anuncio que la presidenta de la Suprema Corte de Justicia, Bernadette Minvielle, realizó a Búsqueda días atrás, cuando comunicó que, para responder a la demanda de ahorro del Ejecutivo, y debido a la disminución de delitos con adolescentes, dos de los cuatro juzgados especializados pasarán a la órbita de Violencia de Género y el equipo defensor será redistribuido.
En general, los operadores comparten la visión del ministro del Tribunal de Apelaciones de Familia, Eduardo Cavalli, que estima que el incremento del tiempo de reclusión provocará un crecimiento de la población del Inisa.
Esto podría dar lugar a un núcleo duro de reclusos, una situación que ya no se estaba dando. El informe elaborado en febrero por el Inisa, advierte de que esto podrá volver a generar motines, fugas y suicidios.
Maciel, en cambio, espera los resultados con otra esperanza. Enemigo de la futurología, su intuición le dice que lo probable es esperar un efecto similar al que —según su interpretación— tuvo la fijación de penas mínimas en 2013. “La nueva norma podría actuar como una disuasión para no delinquir y en vez de que aumente el número de procesos tal vez suceda que disminuyan”, plantea.
El senador Jorge Gandini, integrante de la comisión especial que trató la LUC, cree que el aspecto más positivo que dejó fue poner el tema de la privación de libertad adolescente sobre la mesa y el compromiso de encarar algunos “asuntos pendientes”. Si bien él no considera que el impacto tenga un correlato en un fuerte incremento de los procesos, sí reconoce que habrá una población mayor de 20 años a la que el Inisa deberá atender, “con programas diferentes y en un espacio diferente” y, reconoce, con más presupuesto del que tiene y que “nunca le alcanza”.
En 2019, el Inisa gastó $52 millones en alimentación (un promedio de $15.000 por mes por adolescente). El País intentó en repetidas oportunidades consultar a su presidenta, Rosanna de Olivera, pero se negó a responder. Sin embargo, el pasado 30 de abril, en entrevista con La Mañana, dijo que preveía que la LUC duplicara el número de ingresos. “Si esto sucede se hará un cuello de botella que necesitará ajustar al alza el presupuesto para funcionamiento, infraestructura, capacidad locativa y de alimentación.”
Andrea Venosa, la nueva integrante del directorio del Inisa en representación del Frente Amplio, coincide: “Nuestro sistema no está preparado para ello. No solo hay que pensar en nuevos programas de egreso para jóvenes de hasta 27 años, sino en invertir en infraestructura y aumentar los recursos humanos para sostener una privación de libertad tan larga en condiciones dignas”.
En el peor de los escenarios, será necesario el doble de funcionarios (hoy son 714) y el gasto en alimentación, suponiendo una población de 680 adolescentes para 2024, se incrementaría a $122 millones.
Agrega Venosa: “En definitiva, el presupuesto se debería duplicar, en un contexto de restricción presupuestaria ya anunciada por el Ministerio de Economía y Finanzas, y un estancamiento del ingreso de funcionarios por concurso, según lo manifestado por el gobierno”.
A 30 días de que se discuta el nuevo presupuesto, hay quienes dudan si la novel presidenta conseguirá el incremento que este instituto reclama desde su creación, en 2015.
Faltan medidas y apoyos para adolescentes en el interior
Únicamente en Montevideo hay jueces, fiscales y defensores especializados en el sistema penal adolescente, una deuda que los expertos reclaman que se salde, especialmente mente ahora que el proceso abreviado comenzará a aplicarse para algunos de los delitos y requerirá un compromiso especial para que el instituto resulte garantista para el menor. Tamara Samudio, del Observatorio de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia, plantea que “es muy notorio lo que provoca la falta de especialización” cuando se observan sentencias en que “por cometer infracciones menores, los jueces indican la privación de libertad de los adolescentes”. Esto está relacionado a la ausencia de medidas alternativas a la privación de libertad. La presencia del Inisa en el interior es casi nula, es el INAU quien, desde sus centros de estudio y derivación, entre otras tareas, desarrolla medidas socio educativas para adolescentes imputados. Actualmente, por fuera de Montevideo, Canelones y Salto, atiende a 102 de estos menores. “Muchos son enviados a Montevideo a cumplir la reclusión, lo que genera un verdadero destierro, separándolos de sus círculos cercanos y familiares”, apunta Samudio.