AUF decidió no organizar los clásicos de verano: ¿qué responsabilidad penal podía llegar a tener?

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Ignacio Alonso tras salir de una reunión. Foto: Fernando Ponzetto.
Ignacio Alonso - Reunion del directorio de la AUF con autoridades del Ministerio de Salud y de la Secretaria de Deporte por reinicio de los campeonatos de futbol luego de la cuarentena por la emergencia sanitaria a causa de la pandemia de coronavirus Covid19, en la sede del Ministerio de Salud Publica en Montevideo, ND 20200701, foto Fernando Ponzetto - Archivo El Pais
Fernando Ponzetto/Archivo El Pais

TRAS LA TENSIÓN ENTRE LAS BARRAS DE PEÑAROL Y NACIONAL

La comisión de seguridad de la asociación desaconsejó la realización de los encuentros entre Nacional y Peñarol por los riesgos implicados, para la sociedad y para la institución.

¿La Asociación Uruguaya de Fútbol (AUF) puede ser responsabilizada penalmente si en los clásicos de enero ocurren hechos de violencia? Esa pregunta, en forma de preocupación, es una de las interrogantes que se hicieron los dirigentes de la asociación esta semana, en función del clima de inseguridad, amenazas y enfrentamiento entre las barras bravas de Nacional y Peñarol, a raíz de dos asesinatos a hinchas de cada club en los últimos días, y que formaron un ambiente de tensión como antesala de los partidos de verano.

De hecho, la comisión de seguridad de la AUF directamente desaconsejó la realización de los encuentros por los riesgos implicados, para la sociedad y para la institución, que ya tomó la decisión de no hacerse cargo de los clásicos como organizador.

Eduardo Ache, uno de los integrantes del Ejecutivo de la asociación -identificado con Nacional, club del cual fue presidente- dio ayer al programa 100% Deporte de la radio Sport 890 su opinión sobre las consecuencias legales que, a su entender, afrontaba la AUF. Dijo que la asociación corría el riesgo de enfrentar consecuencias en la Justicia si realizaba los partidos y en estos ocurrían enfrentamientos, heridos o muertes, en el marco de la “ley de responsabilidad penal empresarial”, vigente desde 2014.

“¿Cómo hago yo para ir a un juzgado (ojalá que no pase) y que me digan : ‘Pero usted tenía el informe de la comisión de seguridad?’", puso Ache de ejemplo en relación a las advertencias recibidas en contra de la conveniencia de organizar los partidos. En ellas, también incluyó la “preocupación” al respecto del fiscal de Flagrancia Fernando Romano, que también recomendó, como una opinión personal, que al menos el partido a disputarse en la ciudad de Maldonado no se haga.

Ache dijo que las consecuencias que puede afrontar la gremial por la ley de responsabilidad penal empresarial es un argumento que ya usó en el pasado, y que por eso “no aconsejaría jamás” que Peñarol y Nacional se vieran las caras en estas condiciones.

¿Puede caber, entonces, la aplicación de esta ley si la AUF organizara los partidos y se atuviera a las consecuencias?

Para el abogado Gustavo Bordes, no. Para empezar sostuvo que, en su opinión, “la ley se ha empleado muy mal” todos estos años, “porque la ley de responsabilidad penal empresarial no aplica cuando hay muertos”. “La norma se aplica cuando, por ejemplo, hay una inspección en un establecimiento laboral y se constata la violación de algunas normativas laborales” que pueden poner en peligro a los trabajadores, dijo Bordes. “Porque después de que muere un empleado, se aplica la ley común. Es decir: habría un homicidio o la responsabilidad penal que sea”, agregó el penalista, que además es docente de Derecho penal en la Universidad de la República y la Facultad de Derecho del Claeh.

Pero además, continuó, “es difícil que la ley se pueda aplicar en el caso de una asociación civil, porque no estaría influida por la norma, la que además se refiere a aspectos de seguridad laboral, lo cual no tiene nada que ver con un posible enfrentamiento entre barras si es que eso llega a ocurrir”, continuó.

Ahora bien, esto no significa que la AUF no tenga alguna responsabilidad para el caso de que organizara los partidos y sí ocurrieran los eventos temidos.

En esto coincide, por ejemplo, Fernando Sosa, otro de los integrantes del Ejecutivo de la AUF. “Al margen de esa ley, hay un principio general que rige para cualquier organizador de eventos, y es la responsabilidad civil o penal”, dijo Sosa, que también es abogado, aunque especializado en derecho deportivo.

En ese sentido, puntualizó que la AUF perfectamente podía no ser “organizador” de los clásicos y dejar ese rol formal a un tercero.

Gastón Tealdi, vicepresidente de la AUF -y dirigente identificado con Peñarol-, dijo que es viable que la asociación no sea “organizador” de los partidos pero que sí preste “los servicios operativos para que los clásicos se puedan realizar, como las tareas de recaudación o la protección a través de personal de seguridad”. Él, por su parte, tampoco comparte que la ley de responsabilidad penal pueda aplicarse contra la AUF, aunque sí entiende que podrían pesar las responsabilidades generales de la ley.

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